NUESTRAS CAMPAÑAS

18 de abril de 2010

Que hacer en caso de presenciar maltrato animal

Cualquier ciudadano puede evitar que se maltrate a un animal por medio del siguiente procesamiento:

1) Diríjase a la Estación de Policía más cercana y solicite el apoyo y la presencia de la Policía para acudir al lugar donde se está maltratando al animal.

Es función constitucional y legal de la Policía prevenir e impedir que se cometan delitos y contravenciones. El maltrato a un animal es una contravención, es decir, una conducta humana que tiene castigo.

2) Si no puede acudir a la Estación de la Policía, llame al 123 (*) para que le envíen una patrulla.

3) Informe a la Policía sobre los hechos que le constan, diríjase al sitio donde está siendo maltratado el animal. Si tiene señales de maltrato como heridas, o si presenció el maltrato, si el animal está al sol y al agua, sin comida o bebida, o en estado de desnutrición o enfermedad manifiesta, exprésele al Agente de Policía que él como autoridad está obligado a:

PREVENIR E IMPEDIR QUE SE SIGA MALTRATANDO AL ANIMAL Y QUE LE SOLICITA FORMALMENTE EL DECOMISO DEL ANIMAL, PARA SER TRASLADADO Y PUESTO EN CUSTODIA PERMANENTE DE UNA ENTIDAD DEFENSORA DE ANIMALES.

4) Cuando usted se reúna con el Agente o los Agentes de Policía que lo apoyarán en el operativo, asegúrese de llevar papel y lápiz para anotar los nombres de los Policías, sus números de placas y la Estación a la cual pertenecen. Esta información será muy útil cuando se denuncie por parte de la ENTIDAD DEFENSORA DE ANIMALES o por parte suya a quien agrede al animal, denuncia que se hará después del decomiso del animal.

Teniendo en cuenta el volumen de trabajo permanente que tienen las inspecciones de Policía, es mejor presentar la DENUNCIA ESCRITA directamente ante la Secretaría de Gobierno del Municipio, oficina Q.A.P. del CAM.

Por otra parte, la información sobre los Agentes de Policía será importante cuando ellos se nieguen a prestar la colaboración debida al ciudadano. Los Agentes de Policía deberán decomisar el animal que ha sido maltratado. Si no lo hacen, deberá expresarles, que usted llevará la queja a la Procuraduría Metropolitana de Cali, entidad que realiza control disciplinario sobre la Policía.

Si este caso se presenta, hágalo saber a la ENTIDAD DEFENSORA DE ANIMALES, para tramitar la respectiva queja.

5) Cuando se trate de un caballo que es obligado a trabajar en horas no permitidas, o que es maltratado en horas de la noche o la madrugada, solicite igualmente el apoyo de la Policía como se indica en los puntos 1, 2 y 3, y que el animal pase la noche en la Estación de Policía, en el mejor sitio posible, verificando que tenga agua suficiente para beber y que esté amarrado. Esto ocurre en algunas ocasiones, el animal pasa la noche en la Estación de Policía y la ENTIDAD DEFENSORA DE ANIMALES, al día siguiente se hace cargo de la situación.

6) Una vez decomisado el animal y entregado en custodia por la Policía a una ENTIDAD DEFENSORA DE ANIMALES, se elaborará el Acta de Recibo de Especies que legaliza dicha entrega.

El paso a seguir es la DENUNCIA, por CONTRAVENCION A LA LEY 84 DE 1989: LEY QUE CONSAGRA LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES.

Como se indicó en el punto 4. Es mejor presentar directamente la DENUNCIA ESCRITA, en original y dos copias, ante la oficina de Q.A.P. en el CAM.

La persona que recibe debe devolver una copia firmada con la fecha de recibido, usted debe conservarla como constancia de su denuncia, en caso de pérdida del original. Esa misma copia le sirve para RATIFICARSE EN SU QUEJA cuando sea citado por la Inspección que le corresponda el caso.

Al ratificarse no tiene que entregar la copia, debe llevarla a la diligencia de ratificación y contestar las preguntas que le hagan con base en la misma.

7) La ENTIDAD DEFENSORA DE ANIMALES también puede formular la denuncia citándolo a usted como testigo de los hechos que originaron el decomiso del animal. Por ello es necesario que toda la comunidad colabore denunciando el maltrato hacia los animales, que al igual que los niños no pueden defenderse como es debido ante una autoridad, expresando sus DERECHOS que están en las LEYES DE COLOMBIA.

8) El proceso seguirá su curso. Quien maltrató el animal será llamado para que explique su conducta, además el Inspector tomará los testimonios de las personas que se hayan citado en la denuncia. Finalmente, usted será citado para conocer la decisión que podrá ser la sanción al agresor y la resolución sobre la custodia definitiva del animal, para que tenga una vida digna en la cual se respeten sus derechos.

9) Es importante que la copia de su denuncia y de su ratificación, la que le entregan en la Inspección el día que se ratifique, las haga llegar en fotocopia a la ENTIDAD DEFENSORA DE ANIMALES, que esté manejando el caso, y de ser necesario, se apoyará la petición de entregar en custodia definitiva el animal, de acuerdo con la gravedad de la denuncia.

La labor de las ENTIDADES DEFENSORAS DE ANIMALES consiste en brindar, en las medidas de las posibilidades, un nuevo hogar adoptante para el animal, o una vida de descanso en un albergue, atención médica veterinaria, y si es necesario y para evitar el sufrimiento prolongado y la agonía de animal, la eutanasia.

Nota: El procedimiento anterior se aplica para todos los casos, sea que el animal tenga dueño o no.

PROCEDIMIENTO APLICABLE PARA EL CASO EN QUE EL ANIMAL TENGA DUEÑO.

Dependiendo de las circunstancias, este caso podría ser denunciado ante la FISCALIA, para el cual si se requiere la intervención de un Abogado para formular la denuncia, de acuerdo a los elementos de este delito según el Código Penal.

Si decide denunciar ante la FISCALIA, le solicitamos dirigirse al Departamento Jurídico de una ENTIDAD DEFENSORA DE ANIMALES, para brindarle el apoyo legal necesario.